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Esto describe únicamente la legislación ITALIANA. Trata de qué hacer durante una incautación de material informático según el procedimiento penal italiano. Esto no describe tus derechos en otros lugares: las facultades policiales, lo que estás obligado a entregar y las normas sobre el peritaje difieren sustancialmente entre jurisdicciones. Para otras jurisdicciones: España · Estados Unidos (en inglés). No te bases en esta página fuera de Italia; consulta a un abogado o abogada en tu propio país.

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Legal

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¿Qué hacer durante una incautación de material informático?

Durante una incautación conviene prestar atención a algunos detalles:

  • Verificar que se coloquen precintos en los ordenadores al final de la incautación (todo el material incautado debe transportarse precintado) y, si esto no ocurre, pedir que conste en el acta.
  • Solicitar la presencia de un perito de parte en la incautación. Cualquiera puede serlo (obviamente una formación informática ayuda a la credibilidad).
  • Solicitar la presencia de un abogado o abogada.
  • Si te piden las contraseñas no estás obligado a darlas. No recordar es mejor que negarse y adoptar una actitud hostil. Ten en cuenta, sin embargo, que si el ordenador no está cifrado, algunas contraseñas se romperán con extrema facilidad justo después de la incautación, por ejemplo la de inicio de Windows.
  • Si tu ordenador ya está encendido y es usado por la policía o por peritos durante la incautación, pide que conste en el acta. Con mayor motivo si estaba apagado y lo encienden.

Peritaje

Al final de la incautación todo el material digital será analizado por un técnico forense. En esta fase es posible:

  • Nombrar un perito de parte y participar en los procedimientos de “adquisición” (la copia forense de vuestros datos) para verificar que se realicen correctamente.
  • Pruebas repetibles e irrepetibles:

Si la adquisición se realiza según el artículo 359 del código procesal penal italiano (c.p.p.), es repetible. Por tanto el CTP (consultor técnico de parte) podrá realizar de nuevo la prueba sobre una copia forense.

En algunos casos (smartphones u otros dispositivos) no es posible proceder a crear una copia forense de los datos, por lo que el análisis se realiza – según el artículo 360 c.p.p. – directamente sobre el soporte original y no podrá ser repetido por el CTP (perito de parte). La presencia de un CTP se vuelve especialmente importante en estas situaciones porque, al no poder repetir el análisis, la única manera de asegurarse de que las operaciones se hayan realizado correctamente es asistir a ellas.

¿Qué hacer cuando se levanta la incautación?

Solicitar la copia forense adquirida por la policía es un procedimiento muy costoso que puede llegar a costar miles de euros.
Lamentablemente, sin embargo, si es necesario realizar un contraperitaje, el CTP (consultor técnico de parte) debe poder disponer de una copia sobre la que trabajar.
Una vez levantada la incautación (si se evita utilizar el ordenador), se dispone del material original utilizado por el CTU (consultor técnico de oficio) para crear la copia forense que será analizada, lo que significa que el CTP (consultor técnico de parte) puede proceder a una nueva adquisición utilizando nuestro ordenador, evitándonos así tener que gastar inútilmente mucho dinero.

Por eso es importante NO utilizar el ordenador recién devuelto.

Es posible verificar después, mediante herramientas específicas, que la copia realizada por el CTP sea idéntica a la utilizada por el CTU y por tanto utilizable para realizar el contraperitaje.

Además, realizar una adquisición forense adicional, sobre todo si no se ha asistido a los procedimientos de adquisición hechos por el CTU, también es útil para entender si el ordenador ha sido manipulado, o si el procedimiento de adquisición se ha realizado de manera anómala.